
1.-FUNCIÒN PERICIAL:
Es exclusivamente práctica, entonces hay que aplicar los conocimientos médicos en el campo judicial
2.-FUNCIÒN DOCTRINARIA:
Interpretación de la ley ya hecha (desde el punto de vida médico y legal)
3.-FUNCIÒN CIENTÌFICA:
Observaciòn, hipòtesis y Conclusiones
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